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LA OBLIGACIÓN DE PAGAR IMPUESTOS

El Diccionario de la Lengua Española establece que la palabra “Impuesto” deriva del verbo imponer, y a su vez, la define como un tributo que se exige en función de la capacidad económica de los obligados a su pago. La palabra impuesto, en el ámbito económico tributario, surge de la necesidad de un país de allegarse de los recursos necesarios para cumplir con el fin común, que redunda en un “beneficio social o colectivo”. En el caso de México, esto no es la excepción, puesto que tales recursos económicos denominados tributos, son necesarios para su crecimiento y desarrollo.

El artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todos los mexicanos de contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Obligación que, de acuerdo con la propia Constitución, redunda en los siguientes aspectos fundamentales:

1. Que las contribuciones sirven para el sostenimiento de los gastos públicos.

2. Que tales gastos son realizados por la Federación, por las Entidades Federativas (incluida la Ciudad de México) y por los Municipios, de ahí que existan impuestos federales como el Impuesto sobre la Renta, impuestos estatales como el impuesto sobre nómina o sobre hospedaje, e impuestos municipales como lo es el caso del impuesto predial.

3. Que tales contribuciones deben ser efectuadas de una forma proporcional y equitativa, es decir, valorando la capacidad económica y contributiva del gobernado, así como la debida consideración en el tratamiento hacia los gobernados que tienen características y supuestos de igualdad, con aquellos que convergen en situaciones y aspectos de desigualdad.

4. Que las contribuciones deben ser establecidas en Ley, lo cual explica el porqué del cúmulo de leyes en el ámbito federal, estatal y municipal respecto a la imposición, estimación y determinación de las contribuciones a recaudar por parte del Gobierno.

De lo anterior es factible concluir, apreciable lector, que, en México, por disposición constitucional, existe la obligación de contribuir, es decir, de realizar contribuciones al erario, con el fin de solventar los gastos públicos necesarios para la consecución del fin social o colectivo. Estas contribuciones, en atención a lo señalado por el Código Fiscal de la Federación, se dividen en Impuestos (ya comentados en la parte inicial de la presente opinión), aportaciones de seguridad social, como pueden ser los pagos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), las contribuciones de mejoras, las cuales se dan por el beneficio directo que obtiene una persona de las obras públicas efectuadas por el Gobierno y, los Derechos, que se dan por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público.

Así entonces, el pagar impuestos es una obligación que todo mexicano debe de cumplir en atención a la formalidad que la Constitución y las leyes que la secundan, establecen. Estoy seguro que, durante la lectura de la presente, pueden surgir pensamientos o comentarios relacionados con los escándalos de corrupción ocurridos en los últimos tiempos, sobre el quizá, pobre reflejo de las contribuciones en carreteras, hospitales, espacios públicos y demás aspectos que como ciudadanos nos gustaría tener y disfrutar.

¿Obligados a pagar impuestos? ¡Claro que sí! ¿Con el derecho de recibirlo en servicios y obras públicas de calidad? ¡Por supuesto que sí! La pelotita está en la cancha de las dos partes, Gobierno y Ciudadanos, y la tarea y responsabilidad de generar un mejor país es de todos y de todas, como decía el ex presidente Vicente Fox, esto es un compromiso de chiquillos y chiquillas.

 
 
 

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